Si estás embarazada
Si estás embarazada, deberías leerte del Acuerdo Sectorial de funcionarios vigente, todo lo relacionado con los Permisos especiales y condiciones de trabajo en los supuestos de maternidad y paternidad.
Además, la manera de proceder deberá ser la siguiente:
Hacer llegar a la Jefatura del Cuerpo:
1-Un informe médico en el que conste que te encuentras embarazada.
2-Una solicitud de informe de adaptación de puesto por embarazo en el que se especifique el lugar en el que trabaja. Solicitud
A partir de dicha documentación el Área de Vigilancia de
La adaptación durante el periodo de gestación consistirá en lo siguiente:
-No realizar guardias de 24 horas, vinculadas a la extinción de incendios, quedando esta circunstancia reflejada en los cuadrantes de trabajo.
-No realizar trabajos nocturnos.
-Podrá elegir entre pasar a turno fijo de trabajo, bien de mañana o de tarde, o mantener la rotación de los turnos cada ciclo de 3 semanas.
-No realizar actividades laborales en solitario.
-Durante su jornada laboral prioritariamente permanecerá en la oficina comarcal, realizando tareas de tipo administrativo: archivo, base de datos, informes, etc…
-No realizar actividades con desplazamiento en los vehículos todo terreno, especialmente en caminos forestales.
-No deben estar expuestas a calor ni frío excesivo (inferiores a 17 ºC y superiores a 27ºC en trabajos sedentarios e inferiores a 14ºC y superiores a 25ºC en trabajos no sedentarios) y prolongado en el lugar de trabajo.
-No realizará manipulación de cargas ni sobreesfuerzos, ni trabajos en posturas inadecuadas. Evitará movimientos que originen riesgo dorso-lumbar y aplicar fuerzas y manejo regular de cargas superiores a 5 kg.
-Evitará permanecer de pie de forma prolongada a partir de la semana 22 de gestación.
-No manipular ni transportar animales enfermos ni muertos, especialmente en caso de no estar inmunes frente a Toxoplasma.
-No es conveniente que tengan que afrontar situaciones en que se puedan desencadenar respuestas violentas o amenazantes, que puedan generar golpes o estrés.
De no existir uniforme alternativo específico para el periodo de gestación, estará autorizada a no vestir el uniforme reglamentario.
RECUERDA: Tienes derecho a la reducción de la jornada laboral en una hora diaria, que podrás fraccionar, para el cuidado y atención de hijos menores de 12 meses. En lugar de esta reducción de una hora diaria, puedes acumularlas en jornadas completas y disfrutar de un permiso de un mes ininterrumpido, que comenzará inmediatamente después de la finalización de la licencia por maternidad, adopción o acogimiento permanente. Si quieres acogerte a esta acumulación de la lactancia deberás solicitarla con una antelación mínima de un mes a la fecha de la finalización de la baja por maternidad, acogida permanente o adopción. Solicitud
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